Cindy Gabriela Flores on Thu, 2 May 2002 01:24:05 +0200 (CEST) |
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Saludos. Cindy Gabriela Flores Ciberfeminista.org Date: Thu, 25 Apr 2002 22:26:51 -0300 From: "ancient - Uruguay" <[email protected]> Subject: Re: UE - Mediante la propuesta de la Eurodiputada del PP, Ana Palacio, la presidencia espanola de la UE intenta que el Parlamento Europeo viole la debida proteccion a la privacidad. Desde Uruguay hacemos un llamado Internacional para alertar a todos los Colegas y Luchadores sociales en defensa de la Libertad de Expresión y Libertad de Prensa en el Mundo. NO AL LA INTERCEPTACIÓN CONTINUADA DEL CORREO ELECTRÓNICO NI EN LA UNIÓN EUROPEA, NI EN ESPAÑA, NI EN NINGUNA PARTE DEL MUNDO!!!! Alfredo Félix Pérez Araúzo API URUGUAY Asociación de Periodistas de Internet. Coordinador de Relaciones Latinoamericanas Representante ante las Naciones Unidas de Transparencia Uruguaya Plataforma para la Defensa de la Libertad de Expresión y Libertad del Prensa del Uruguay Mesa Social Coordinadora de ONGs Independientes del Uruguay. INTERSOCIAL - SAN JOSÉ Environmental Strategic Research Council. Se ruega ADJUNTAR NOMBRES E INSTITUCIONES QUE RESPALDAN ESTA NOTA 1> 2> 3> 4> 5> 6> 7> Nota: LA CORONA DE ESPAÑA, RESPONSABLE DE TERRORISMO DE ESTADO: " MARBELLA >DE MONZER AL KASSAR A MOHAMED ATTA.( LOS GAL DE FELIPE GONZÁLEZ, EL CESID Y TTE.GRAL MAGLANO ). DESAPARICIÓN FORZSA DE MENORES Y SECUESTRO POLITICO 1990-2002 DENUNCIAS ACREDITADAS ANTE EMBAJADA DE EE.UU., DE ESPAÑA, DE ITALIA EN URUGUAY. " EQUAL JUSTICE UNDER LAW " ----- Original Message ----- From: "Editor Equipo Nizkor" <[email protected]> To: "Equipo Nizkor" <[email protected]> Sent: Thursday, April 25, 2002 9:25 AM Subject: UE - Mediante la propuesta de la Eurodiputada del PP, Ana Palacio, la presidencia espanola de la UE intenta que el Parlamento Europeo viole la debida proteccion a la privacidad. > Equipo Nizkor - Derechos Human Rights - Serpaj Europa > Solidaridad Urgente - [Van iii) msjes] - 25abr02 > > i) LA PRESIDENCIA ESPAÑOLA PRETENDE QUE SE VOTE EN EL PLENO DEL > PARLAMENTO EUROPEO UNA NORMA QUE PERMITA LA INTERCEPCION CONTINUADA DEL > CORREO ELECTRONICO. > > Nota del Equipo Nizkor: > Esta vez solicitamos una especial atención a la acción urgente que > enviamos. Somos conscientes de que es un tema técnico de dificil > comprensión, pero afecta a las libertades civiles globales. > Lo que está intentando el Gobierno español a través de la Presidencia de > la UE, y concretamente la eurodiputada Ana Palacio, es que los sistemas > de seguridad puedan espiar el correo electrónico de todos los ciudadanos > en forma continuada y permanente, sin orden judicial alguna e > invirtiendo la presunción de inocencia en presunción de culpabilidad. > Es la misma posición que, a nivel interno, ha mantenido la ministra > española Ana Birulés con relación a la LSSI cuyo texto está en este > momento pendiente de aprobación en el Parlamento Español. [Ver > http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/lssi.html ] > En la práctica, es como si aprobaran que el correo postal guardara una > copia de toda carta que uno envíe a otra persona. > En realidad están tratando de aprobar una legislación europea que > legaliza las escuchas ilegales al estilo Echelon, o sea, que permita el > control político y social de los ciudadanos. Esto es lo único que > explica que la maniobra parlamentaria de la eurodiputada conservadora > española haya recibido el apoyo del eurodiputado laborista británico > Michael Cashman. > Gran Bretaña es miembro fundador del acuerdo UK-USA que gestiona el > sistema de escucha global que investigó el Parlamento Europeo. > Esta es la vía que puede permitir la aprobación de una ley europea > contraria a las libertades civiles. > Es por eso que solicitamos a todos los activistas y organismos de > derechos humanos que lean detenidamete la detallada explicación que > sigue a continuación y agoten todos los recursos a su alcance para > evitar que esto ocurra, enviando mensajes a los eurodiputados. > No importa en qué país se encuentren, la presión es útil por cuanto si > la UE aprueba este tipo de legislación es obvio que será aplicada por > mimetismo en otros lugares. > Los derechos humanos son globales y exigen respuestas globales. > Equipo Nizkor, > UE, 25abr02 > > ii) VIGILANCIA E INTERCEPTACIÓN DE COMUNICACIONES EN LA UNIÓN EUROPEA: > REÑIDA VOTACIÓN EN EL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE RETENCIÓN DE DATOS. > > El 18 de abril de 2002 se produjo una estrecha votación en el Parlamento > Europeo (PE) acerca de la retención de datos contenidos en > comunicaciones electrónicas, en el marco de la Comisión de Libertades y > Derechos de los Ciudadanos, de Justicia y de Asuntos Interiores; esta > votación se saldó con 25 votos a favor del rechazo de la propuesta del > Consejo de la Unión Europea (los gobiernos de los 15) y 19 en contra [es > decir, a favor de la propuesta del Consejo]. La votación final sobre la > posición del Parlamento en segunda lectura tendrá lugar en la sesión > plenaria del 15 de mayo, en la que, según el reglamento, se necesitarán > 314 votos a favor para que la posición mantenida hasta ahora por el PE > prospere. > [ver los informes de Statewatch en: > http://www.statewatch.org/news/2001/nov/15eudata.htm ] > > La Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos votaba sobre su > informe en segunda lectura acerca de la propuesta de modificación de la > Directiva sobre privacidad en las telecomunicaciones. La propuesta > original de la Comisión Europea se limitaba a plantear una serie de > actualizaciones, pero el Consejo -respaldando las reivindicaciones de > las agencias con poder de policía o "law enforcement agencies" (policía, > aduanas, inmigración y agencias de seguridad interior)-, acordó una > "posición común" para permitir la retención de datos. Tras el 11 de > septiembre la Comisión Europea abandonó su oposición, en diciembre, a > pesar de los puntos de vista claramente expresados por los comisionados > de la UE para protección de datos > > El martes 16 de abril, se celebró una reunión informal a tres bandas > (reuniones secretas del Consejo, la Comisión Europea y los relatores del > Parlamento, y de las que el Consejo se sirve para ver cumplidos sus > objetivos). Pero el día antes, el Relator informó que una enmienda al > informe del Parlamento puesta en la mesa por Ana Palacio (perteneciente > al conservador Grupo del Partido Popular Europeo -EPP-, y presidenta de > la Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos) se hizo con la > opinión favorable del coordinador del Grupo Popular Europeo en la > Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, y la de Michael > Cashman (UK, Laborista, Grupo del Partido de los Socialistas Europeos). > A pesar del acuerdo de que las enmiendas a las propuestas de la Comisión > sobre las que haya un acuerdo unánime del Parlamento en su primera > lectura no habrían de ser enmendadas de nuevo, Palacio, una Eurodiputada > española conservadora y presidenta de la Comisión de Libertades, impulsó > una enmienda aceptando la posición del Consejo. Al actuar de este modo, > Ana Palacio intentaba brindar apoyo directo a la cada más más derechista > Presidencia Española de la UE. > > La votación que se llevó a cabo en la comisión versaba sobre una > enmienda a la "posición común" del Consejo introducida por el relator > Marco Cappato (Partido Radical, Italia), para mantener la postura > adoptada por el Parlamento en primera lectura. Como quiera que ésta fue > aprobada, la enmienda Palacio no tuvo éxito. La votación por 25 a 19 > puso de manifiesto que el PSE (Grupo del Partido de los Socialistas > Europeos), el GUE (Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea), > el Grupo de los Verdes/Alianza Libre Europea y el ELDR (grupo liberal) > se postularon en contra de la retención de datos, y que el EPP (grupo > conservador), el UEN (Grupo Unión por la Europa de las Naciones) y el > EDD (Grupo por la Europa de las Democracias y las Diferencias) se > manifestaron a favor de la dicha retención. El informe será remitido > ahora a la sesión plenaria del Parlamento que se celebrará el 15 de > mayo, en la que necesita obtener 314 votos (de un total de 626 > Eurodiputados) para que sea adoptado como posición en segunda lectura. > Se espera que el EPP el partido con mayor número de eurodiputados, 233 > en total, intentará nuevamente introducir una enmienda al crítico > artículo 15.1, y no existe certitud de juntar una mayoría que se oponga > a la retención de datos. La fuerza combinada de los votos del PSE, ELDR, > Verdes/EFA y GUE es de 321, suponiendo que ninguno de los Eurodiputados > del PSE "rompa filas" bajo la presión de sus gobiernos. > > LAS ENMIENDAS > A) El tenor literal de la posición común del Consejo sobre retención de > los datos contenidos en las comunicaciones electrónicas, en el artículo > 15.1, es el siguiente: > > 1. Los Estados miembros podrán adoptar medidas legales para limitar el > alcance de los derechos y las obligaciones que se establecen en los > artículos 5 y 6, en los apartados 1 a 4 del artículo 8 y en el artículo > 9 de la presente Directiva, cuando tal limitación constituya una medida > necesaria para proteger la seguridad nacional (es decir, la seguridad > del Estado), la defensa, la seguridad pública, o la prevención, > investigación, descubrimiento y persecución de delitos o la utilización > no autorizada del sistema de comunicaciones electrónicas a que se hace > referencia en el apartado 1 del artículo 13 de la Directiva 95/46/CE. > Para ello, los Estados miembros podrán disponer, entre otras cosas, que > los datos se conserven durante un plazo limitado justificado por los > motivos establecidos en el presente apartado, de conformidad con los > principios generales del Derecho comunitario. > > B) El texto de la enmienda EPP/Ana Palacio a la anterior es el > siguiente: > > 1. 1. Los Estados miembros podrán adoptar medidas legales para limitar > el alcance de los derechos y las obligaciones que se establecen en los > artículos 5 y 6, en los apartados 1 a 4 del artículo 8 y en el artículo > 9 de la presente Directiva, cuando tal limitación constituya una medida > necesaria para proteger la seguridad nacional (es decir, la seguridad > del Estado), la defensa, la seguridad pública, o la prevención, > investigación, descubrimiento y persecución de delitos o la utilización > no autorizada del sistema de comunicaciones electrónicas a que se hace > referencia en el apartado 1 del artículo 13 de la Directiva 95/46/CE. > Para ello, los Estados miembros podrán disponer, entre otras cosas, que > los datos se conserven durante un plazo limitado justificado por los > motivos establecidos en el presente apartado, de conformidad con los > principios generales del Derecho comunitario, concretamente el Convenio > Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de acuerdo con las > sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos > > C) La enmienda de Marco Cappato (relator) para mantener la posición > adoptada en primera lectura, es la siguiente: > > 1. Los Estados miembros podrán adoptar medidas legales para limitar el > alcance de los derechos y obligaciones que se establecen en los > artículos 5 y 6, en los apartados 1 a 4 del artículo 8 y en el artículo > 9 cuando tal limitación constituya una medida necesaria, apropiada, > proporcionada y limitada en el tiempo en una sociedad democrática para > proteger la seguridad nacional, la defensa, la seguridad pública, la > prevención, investigación, detección y persecución de delitos o la > utilización no autorizada del sistema de comunicaciones electrónicas a > que se hace referencia en el apartado 1 del artículo 13 de la Directiva > 95/46/CE. Estas medidas serán totalmente excepcionales, basadas en una > ley específica comprensible para el público en general y autorizadas > para cada caso concreto por las autoridades judiciales u otras > autoridades competentes. En virtud del Convenio Europeo para la > Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y > de acuerdo con las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, > está prohibido cualquier tipo de vigilancia electrónica, general o de > sondeo, a gran escala. > > Comentario: la posición del Consejo intenta desviar las críticas > argumentando que la propuesta no es vinculante y, por tanto, su > promulgación se deja a la voluntad de cada Estado miembro. Esta > afirmación ignora el hecho de que los planes del Consejo parten de que > cada estado de la UE permita a sus agencias con poder de policía la > retención de datos y el acceso a los mismos. > Para mayor información de contexto: [ENG/ING] > http://www.statewatch.org/soseurope.htm > [Fuente: StateWatch - 19Apr02 . http://www.statewatch.org . Traducción > al español de la versión original en inglés realizada por el Equipo > Nizkor el 24abr02] > > iii) EL EURODIPUTADO MARCO CAPPATO PIDE A LOS ORGANISMOS DE DERECHOS > HUMANOS Y LIBERTADES CIVILES QUE SE DIRIJAN A LOS EURODIPUTADOS EN > DEFENSA DEL DERECHO A LA PRIVACIDAD. > > Bruselas, 23 de abril de 2002 > > Estimados amigos, > La UE se encuentra en la actualidad examinando una directiva sobre > protección de la privacidad en las comunicacines electrónicas. > [http://europa.eu.int/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexapi!prod!CELEXnumdo c&lg=es&numdoc=52000PC0385&model=guichett > ] > Dicha directiva tiene como finalidad revisar la legislación de la UE en > materia de privacidad, de modo que se garantice un alto nivel de > protección de datos y la privacidad de los ciudadanos en el contexto de > la liberalización de los mercados. El Parlamento Europeo (PE) expresó su > opinión el 6 de septiembre de 2001, mientras que el Consejo adoptó una > posición común el 28 de enero de 2002. > > El proceso de toma de decisiones atraviesa ahora una fase crítica, pues > el Parlamento Europeo ha de adoptar una recomendación en segunda > lectura. Uno de los principales aspectos en juego en la directiva tiene > que ver con la retención de datos. El Consejo, compuesto por los > ministros de los Estados Miembros de la UE, está presionando para > conseguir la revisión de los requisitos de privacidad de la UE en lo que > hace al borrado de los datos sobre tráfico de comunicaciones una vez > concluido el periodo de facturación y contestación. El Consejo propone > introducir una referencia para contemplar la posibilidad de imponer a > los prestadores de servicios la retención de los datos relacionados con > las comunicaciones de los ciudadanos durante un período de tiempo más > largo |1| a efectos de garantizar el cumplimiento de la ley. Por el > contrario, el PE ha afirmado en su primera lectura que cualquier > derogación de la directiva ha de estar sujeta a las condiciones > previstas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la jurisprudencia > del Tribunal Europeo de Derechos Humanos |2|. > > La Comisión del PE de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, de > Justicia y de Asuntos Interiores en la votación que mantuvo el 18 de > abril - en el marco del procedimiento de segunda lectura - ha confirmado > su postura a tenor de la primera lectura. No obstante, el Consejo y los > gobiernos de los Estados Miembros están ejerciendo una poderosa presión > sobre los miembros del Parlamento Europeo, por lo que el resultado final > es incierto. > > Convencido de que el derecho a la privacidad no ha de verse menoscabado > por los Estados, les invito a examinar la cuestión y, si así lo estiman, > comunicarme su parecer, o mucho mejor, hacer llegar sus puntos de vista > a los Eurodiputados. > > Atentamente, > > Marco Cappato MEP > Relator para la directiva sobre protección de la privacidad en las > comunicaciones electrónicas > > Marco Cappato MEP > Tel 0032 2 2847496, Fax 0032 2 284 9496 > Mailto:[email protected] > > Notas: > Lectura correspondiente a la posición común del Consejo de la UE > |1| El Artículo 15, par. 1, en la versión modificada por el Consejo > establece: "Los Estados miembros podrán adoptar medidas legales para > limitar el alcance de los derechos y las obligaciones que se establecen > en los artículos 5 y 6, en los apartados 1 a 4 del artículo 8 y en el > artículo 9 de la presente Directiva, cuando tal limitación constituya > una medida necesaria para proteger la seguridad nacional (es decir, la > seguridad del Estado), la defensa, la seguridad pública, o la > prevención, investigación, descubrimiento y persecución de delitos o la > utilización no autorizada del sistema de comunicaciones electrónicas a > que se hace referencia en el apartado 1 del artículo 13 de la Directiva > 95/46/CE. Para ello, los Estados miembros podrán disponer, entre otras > cosas, que los datos se conserven durante un plazo limitado justificado > por los motivos establecidos en el presente apartado, de conformidad con > los principios generales del Derecho comunitario" > > Lectura correspondiente a la posición del Parlamento Europeo > |2| El Artículo 15, par. 1, en la versión modificada por el Parlamento > Europeo establece: "1. Los Estados miembros podrán adoptar medidas > legales para limitar el alcance de los derechos y obligaciones que se > establecen en los artículos 5 y 6, en los apartados 1 a 4 del artículo 8 > y en el artículo 9 cuando tal limitación constituya una medida > necesaria, apropiada, proporcionada y limitada en el tiempo en una > sociedad democrática para proteger la seguridad nacional, la defensa, la > seguridad pública, la prevención, investigación, detección y persecución > de delitos o la utilización no autorizada del sistema de comunicaciones > electrónicas a que se hace referencia en el apartado 1 del artículo 13 > de la Directiva 95/46/CE. Estas medidas serán totalmente excepcionales, > basadas en una ley específica comprensible para el público en general y > autorizadas para cada caso concreto por las autoridades judiciales u > otras autoridades competentes. En virtud del Convenio Europeo para la > Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y > de acuerdo con las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, > está prohibido cualquier tipo de vigilancia electrónica, general o de > sondeo, a gran escala." > [Traducción al español de la versión original en inglés realizada por el > Equipo Nizkor el 24abr02] > > DIRIGIR MENSAJES, FAXES Y/O CORREO POSTAL SOLICITANDO: > > a) Que se mantengan el criterio de la Comisión de Libertades y Derechos > de los Ciudadanos en la votación en la sesión plenaria del Parlamento > Europeo prevista para el 15may02 > > b) Dejar claro a los parlamentario la necesidad de que cumplan > estrictamente con la normas internacionales de protección del derecho a > la privacidad derecho recogido en el artículo 12 de > la Declaración Universal de Derechos Humanos que dice expresamente: > "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su > familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a > su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley > contra tales injerencias o ataques". > > c) Que las comunicaciones electrónicas de cualquier tipo tienen que > tener el mismo tratamiento legal que el correo postal y que ninguna > norma puede violar el derecho a la presunción de inocencia permitiendo > el "fisgoneo" de las comunicaciones privadas. > > DIRECCIONES: > ANA PALACIO VALLELERSUNDI > Member of the Bureau > Group of the European People's Party/Grupo del Partido Popular Europeo > -EPP > Fax: (32-2) 2849335 and Fax: (33-3) 88179335 > Mailto:[email protected] > > HANS-GERT POETTERING > Chairman > Group of the European People's Party and European Democrats/Grupo del > Partido Popular Europeo - EPP > Fax: (32-2) 2849769 and Fax: (33-3) 88179769 > Mailto:[email protected] > > José Ignacio SALAFRANCA SÁNCHEZ-NEYRA > Vice-Chairman > Group of the European People's Party and European Democrats/Grupo del > Partido Popular Europeo - EPP > Fax: (32-2) 2849603 and (33-3) 88179603 > Mailto:[email protected] > > Enrique BARÓN CRESPO > Chairman > Group of the Party of European Socialists/Grupo del Partido de los > Socialistas Europeos > Fax: (32-2) 2849490 and Fax: (33-3) 88179490 > Mailto:[email protected] > > CASHMAN Michael > Member > Group of the Party of European Socialists/Grupo del Partido de los > Socialistas Europeos > Fax: (32-2) 2849759 and Fax: (33-3) 88179759 > > Graham R. WATSON > Leader > Group of the European Liberal, Democrat and Reform Party ELDR//Grupo del > Partido Europeo de los Liberales, Demócratas y Reformistas > Fax: (32-2) 2849626 and Fax: (33-3) 88179626 > Mailto:[email protected] > > Monica FRASSONI and Dany COHN-BENDIT > Co-Presidents > Greens/EFA Group//Grupo de los Verdes/Alianza Libre Europea > Mailto:[email protected] > Mailto:[email protected] > > Francis WURTZ > Chairman > Confederal Group of the European United Left/Nordic Green Left//Grupo > Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica > Fax: (32-2) 2849106 and Fax: (33-3) 88179106 > Mailto:[email protected] > > M. Charles PASQUA > Chairman > Union for Europe of the Nations Group/Group/Grupo Unión por la Europa de > las Naciones > Fax: (32-2) 2849914 and Fax: (33-3) 88179914 > > Frank BARRETT, > Secretary General > Union for Europe of the Nations Group/Grupo Unión por la Europa de las > Naciones > Fax: (00 32 2) 284 49 87 > Mailto:[email protected] > > Jens-Peter BONDE > Chairman > Group for a Europe of Democracies and Diversities/ Grupo por la Europa > de las Democracias y las Diferencias > Fax: (32-2) 2849167 and Fax: (33-3) 88179167 > > Emma BONINO > NI: Non-attached Group//No inscritos > Fax: (32-2) 2849699 and Fax: (33-3) 88179699 > Mailto:[email protected] > > Marco CAPPATO > NI: Non-attached Group//No inscritos > Fax: (32-2) 2849496 and Fax: (33-3) 88179496 > Mailto:[email protected] > > Listado de direcciones de contacto de los miembros del Parlamento > Europeo por Grupos Políticos > http://europa.eu.int/idea/bin/dispent.pl?lang=en&entity_id=849 > Listado de direcciones de contacto de los miembros del Parlamento > Europeo por Comisiones > http://europa.eu.int/idea/bin/dispent.pl?lang=en&entity_id=925 > > ------------------------------------------------------------ > ------------------------------------------------------------ > OTROS DOCUMENTOS Y CONEXIONES CON ESTE TEMA: > Información sobre Privacidad en español > http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/ > Resolución del Parlamento Europeo sobre la > existencia de un sistema mundial de interceptación de comunicaciones. > http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/echelon5sep01.html > DRAFT REPORT on the existence of a global system for the interception of > private and commercial communications (ECHELON interception system). > http://www.bof.nl/docs/echelon_draft.html > -Full-text of adopted European Parliament report (which includes text of > the original Commission proposal): Cappato > - II Draft recommendation for second reading on the Council common > position for adopting a European Parliament and Council directive > concerning the processing of personal data and the protection of privacy > in the electronic communications sector (15396/2/2001 - C5-0035/2002 - > 2000/0189(COD)). CAPPATO AMENDMENT > http://www.europarl.eu.int/meetdocs/committees/libe/20020418/462905en.pdf > > - II Proyecto de Recomendación para la Segunda Lectura, respecto de la > Posición común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del > Parlamento Europeo y del Consejo relativa al tratamiento de los datos > personales y a la protección de la intimidad en el sector de las > comunicaciones electrónicas (15396/2/2001 - C5-0035/2002 - > 2000/0189(COD)). ENMIENDA CAPPATO. > http://www.europarl.eu.int/meetdocs/committees/libe/20020418/462905es.pdf > > - EU page on Data Protection > http://europa.eu.int/comm/internal_market/en/dataprot/ > -- > FIN DEL MENSAJE END OF MESAGGE EINDE BERICHT FIM DA MENSAGEM FINE > DEL MESSAGGIO ENDE NACHRICHT FIN DEL MENSAJE END OF MESAGGE > FIN DEL MENSAJE END OF MESAGGE EINDE BERICHT FIM DA MENSAGEM > *************************************************************************** > > Solidaridad Urgente es editado por el Equipo Nizkor miembro del Serpaj > Europa, Derechos > Human Rights (USA) y GILC (Global Internet Liberty Campaign). 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