Raul yepez on Fri, 2 Apr 2004 19:45:21 +0200 (CEST) |
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[nettime-lat] FW: patrimonio |
>Veracruz, Ver. abril de 2004 > > > >A las autoridades competentes > >A la opini�n publica > > > >Por este medio creadores visuales, escritores y autores en diversas >disciplinas art�sticas en el puerto de Veracruz manifestamos en�rgica >protesta, profundo desconcierto y requerimos la intervenci�n de las >autoridades respectivas ante la apertura en pleno centro Hist�rico, Av. >Independencia s/n esq. Serdan acera norte-oriente, frente a los n�meros >1267 de Independencia y 576 de Serd�n, a solamente una cuadra del z�calo de >esta nuestra querida ciudad, de la sucursal de una cadena extranjera de >comida r�pida que rompe por completo la armon�a arquitect�nica y del >paisaje urbano en una zona que en reciente declaratoria del Diario Oficial >de la Naci�n el 1 de marzo de 2004 fue designada centro hist�rico. La >declaratoria se reproduce parcialmente a continuaci�n: > >�Lunes 1 marzo Diario Oficial (segunda >secci�n) 1 > >SECRETARIA DE EDUCACI�N PUBLICA > >DECRETO por el que se declara una zona de monumentos hist�ricos en la >Ciudad y Puerto de Veracruz, en el Municipio de Veracruz, Estado de >Veracruz-Llave. > >Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos >Mexicanos.- Presidencia de la Rep�blica. > >VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en >ejercicio de la facultad que me confiere el art�culo 89, fracci�n I, de la >Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en >los art�culos 2o., 5o., 35, 36, 37, 38, 41, 42, 43 y 44 de la Ley Federal >sobre Monumentos y Zonas Arqueol�gicos, Art�sticos e Hist�ricos; 6o. y 10 >de la Ley General de Asentamientos Humanos; 33 de la Ley de Planeaci�n; >2o., 29, 43 y 47 de la Ley General de Bienes Nacionales; y 2o. de la Ley >Org�nica del Instituto Nacional de Antropolog�a e Historia; as� como 32 y >38 de la Ley Org�nica de la Administraci�n P�blica Federal, y CONSIDERANDO: > >Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 expresa que M�xico >reivindicar� con orgullo sus ra�ces hist�ricas y culturales, que le dan >profundo sentido de unidad nacional; > >Que el territorio que ocupa el actual asentamiento de la Ciudad y Puerto de >Veracruz, ha venido conform�ndose como n�cleo habitado, inclusive antes del >arribo de los espa�oles, en el a�o de 1518; � etc� > >Que para atender a la preservaci�n del legado hist�rico que existe en la >zona de monumentos hist�ricos conocida como la Ciudad y Puerto de Veracruz, >es necesario otorgarle la protecci�n que las leyes de los Estados Unidos >Mexicanos establecen para estos casos, incorpor�ndola al r�gimen previsto >por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueol�gicos, Art�sticos e >Hist�ricos, la cual dispone que es de utilidad p�blica la investigaci�n, >protecci�n, conservaci�n, restauraci�n y recuperaci�n de los monumentos y >zonas de monumentos hist�ricos, como parte integrante del patrimonio >cultural de la Naci�n, he tenido a bien expedir el siguiente: > >DECRETO > >ART�CULO 1o.- Se declara una zona de monumentos hist�ricos en la Ciudad y >Puerto de Veracruz, municipio de Veracruz, estado de Veracruz-Llave, con el >per�metro y caracter�sticas a que se refiere este Decreto. � >etc�� > > > > >Dicha negociaci�n viola adem�s la Ley Estatal de Protecci�n Ambiental, en >su cap�tulo III Art�culo 164, que textualmente dice: > > > >�LEY N�MERO 62. ESTATAL DE PROTECCI�N AMBIENTAL. > >CAP�TULO III .- > >PREVENCI�N Y CONTROL DE LA CONTAMINACI�N VISUAL Y DE LA GENERADA POR RUIDO, >VIBRACIONES, ENERG�A T�RMICA, ENERG�A LUM�NICA Y OLORES. >Art�culo 164. No podr�n emitirse ruidos, vibraciones, energ�a t�rmica, >energ�a lum�nica ni olores, que rebasen los l�mites m�ximos contenidos en >las Normas Oficiales Mexicanas, as� como establecido en los reglamentos, >criterios y normas t�cnicas ambientales que expida la Secretar�a. >En la construcci�n de obras o instalaciones que generen energ�a t�rmica y >lum�nica, ruido o vibraciones, as� como la operaci�n o funcionamiento de >las existentes deber�n llevarse a cabo acciones preventivas y correctivas >para evitar los efectos nocivos de tales contaminantes en el equilibrio >ecol�gico y el ambiente. La Secretar�a, con la participaci�n de la sociedad >civil seg�n lo establecido en el T�tulo Quinto de esta Ley, determinar� las >zonas en la Entidad que tengan un valor esc�nico o de paisaje y para evitar >su deterioro, regular� y autorizar� los tipos de obras o actividades que se >pueden realizar. Esta disposici�n ser� tambi�n aplicable a la contaminaci�n >visual, entendi�ndose por esta el exceso de obras, anuncios u objetos >m�viles o inm�viles, cuya cantidad o disposici�n crea im�genes discordantes >o que obstaculizan la belleza de los escenarios naturales o el patrimonio >arquitect�nico del Estado.� > > >El establecimiento fue construido y est� operando en total ilegalidad >contra una norma que inexplicablemente ha sido quebrantada. El hacerlo >atenta contra nuestro patrimonio Hist�rico y Cultural as� como contra >nuestro Estado de Derecho. > >Esperando se tomen las medidas que la gravedad del caso amerita. > > > >A t e n t a m e n t e > >( Los firmantes) > > > >ccp: > >Presidencia de la Republica > >Of. Gob. Estado > >Gob. Ayuntamiento de Veracruz > >INAH > >IVEC > >SEP > >SEC > >SEDESOL > >Medios de comunicaci�n (TV, radio, impresos,etc.) > > > > > >si tienes alguna idea que pudiera mejorar la redacci�n, o aclarar la >exposici�n de la carta env�ala a: > >[email protected] > >[email protected] > >o al Cel 0442299 193407 > > > > >--------------------------------- >Do You Yahoo!? >Yahoo! Net: La mejor conexi�n a internet y 25MB extra a tu correo por $100 >al mes. _________________________________________________________________ It's fast, it's easy and it's free. 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